1. El Modelo Constitucional
de Relaciones
de Derecho Colectivo del Trabajo
1.1. Parte de la premisa de que las relaciones
de trabajo son contradictorias
1.2. Declara preferir a la negociación colectiva como
herramienta para la solución
de la contradicción
propia de las relaciones de trabajo
(Art. 96 CRBV)
1.3. Reconoce el derecho a la sindicalización
(Art. 95 CRBV)
1.4. Admite el derecho a la huelga (Art. 96 CRBV)
CÁTEDRA DE DERECHO LABORAL | ||||||||||||||||||||||
ESQUEMA
UNIDADES |
Prof. DANIELA BETTIOL M | |||||||||||||||||||||
Biliografía » | ||||||||||||||||||||||
<< página principal | ||||||||||||||||||||||
Primera Unidad | 1- El modelo de relac. de Derecho Colectivo del Trabajo |
|
||||||||||||||||||||
. | ||||||||||||||||||||||
Segunda Unidad | ||||||||||||||||||||||
Tercera Unidad | ||||||||||||||||||||||
El
Modelo de Relaciones de Derecho Colectivo del Trabajo |
||||||||||||||||||||||
La Asociación Profesional | ||||||||||||||||||||||
La
Negociación Colectiva y Solución de Conflictos |
||||||||||||||||||||||
La
Convención Colectiva como forma de Negociación Colectiva |
||||||||||||||||||||||
INICIO | NOTAS | UNIDADES | VARIEDAD | CONTACTO: bettiold@ula.ve |