Re: Tomasz Suárez
(Enviado ~ del 17.12.1998. Se refiera
a uno anterior perdido)
(MS): Sin ánimo de discutir más, sólo deseo
también aclarar
algunos
puntos a la respuesta pública de Tomasz a la comunicación
que le
envié. Mis comentarios precedidos de (MS):
Quisiera
aclarar, ante todo, que una Constitución no es un
contrato
entre
el pueblo y el Estado. Es un contrato que hacen los
integrantes
del
pueblo entre ellos mismos para definir los principios y
reglas
más generales de su convivencia social. Parte de ese
contrato
consiste en instaurar un ente capaz de hacer valer
la
totalidad de ese contrato. Ese es, precisamente, el
Estado.
(MS): OK, esa
debe ser la definición. De todos modos, no dije "es"
sino "es
como", una analogía para entender, así como a veces se
usa la
analogía sencilla con un condominio para entender la
convivencia
en un país. A veces uno tiene que mudarse de un
condominio
cuando no puede compartir los criterios o estilos de
vida de la
mayoría de los residentes......
Esta
decisión necesariamente tiene que trascender el
contenido
del proyecto de Constitución para considerar lo
que
podría ocurrir en caso de que éste no fuese aprobado.
..........
¿qué es preferible: el proyecto de Constitución,
o
aquello que con mayor probabilidad podría ocurrir como
consecuencia
de no aprobar este proyecto? Una decisión que
ignore
un hecho tan sencillo fácilmente puede revertirse en
contra
de la misma voluntad que la guía.
(MS): Te refieres
a la amenaza del Presidente de guerra civil ?
En Guatemala hace
poco se rechazó en Referendum un proyecto de
Constitución.
Allá se aceptó el resultado. Por qué aquí
no ?
.........
Yo no dudo de que
sea importante preguntarse cuáles pueden
ser las verdaderas
intenciones de un movimiento político que
propone un cierto proyecto
constitucional. Pero creo
firmemente en que, para juzgar tales intenciones
de manera
seria, hace falta un mínimo grado de imparcialidad.
(MS): Eso es
lo que pedimos !
Sería
absurdo, por ejemplo, abordar la discusión del
proyecto
de la ANC atribuyéndole a priori, y de manera
dogmática,
unas
intenciones siniestras al movimiento
político liderado por Chávez.
En
tales condiciones se
haría completamente inútil discutir sobre
el
contenido
de este proyecto, por la sencilla razón de que
entonces ni
el más excelso texto constitucional nos
podría convencer de sus bondades.
(MS): Las
intenciones que le atribuyo no son siniestras –
entendiendo
la palabra en el sentido de oculto. Al contrario, si
algo le
reconozco a Chávez es que nunca ha ocultado su intenciones
y a mis
allegados chavistas les digo que podrán decir después
cualquier
cosa, menos que fueron engañados. Porque el proyecto ha
estado
bastante explícito para el que tenga ojos y oídos, como
él
mismo nos
aconseja. No solo en muchas de sus interminables
intervenciones
tanto aquí como en La Habana, sino en libros y
entrevistas,
amén de las intervenciones y escritos de partidarios,
como la que
comenté hace unos meses de Joel Acosta.
..........
Ahora
bien; yo digo que el argumento de la Prof. Sananes
para
mostrar
lo siniestro de las intenciones de Chávez es
sumamente débil y
muestra
una evidente toma de partido hecha
por ella de antemano, es decir,
carente de ese mínimo de
imparcialidad por el que estoy abogando.
Esa
parcialidad se
hace manifiesta en lo siguiente. Por una parte,
la
Prof.
Sananes se refiere al proyecto de Constitución como puras
palabras
escritas en un papel que no nos pueden mostrar nada
acerca
de
la verdaderas intenciones de Chávez.
(MS): No he
dicho que no muestren nada de las intenciones de
Chávez.
Volviendo a la analogía del contrato, hay que mirar lo que
está
en letra pequeña. En este caso no hay diferencias en el
tamaño
de las letra pero si en la longitud de los artículos y de
párrafos.
Dije que la mera declaración de República Bolivariana,
una sola
frase en el Art. 1, sintetiza el proyecto: adjetiva el
nombre de la
República en clara semejanza con otras que se llaman
–o se
llamaron- Democráticas, Populares, Islámicas..., todas
ellas
bajo la
voluntad de hombres líderes, generalmente uniformados.
Todas ellas, además de la de Cuba sin adjetivo, siendo sistemas
de
partido
único, todas con proyectos expansionistas y todas ellas
declarando un
enemigo común: los EEUU. Por lo que todas creo que
sin
excepción han tenido enfrentamientos con ese país, en el
caso
de Vietnam
con final exitoso -si es que se puede hablar de éxito
en una
guerra. Enfrentamientos como parte de la guerra fría,
incluyendo el
caso pavoroso de los misiles en Cuba –lo más cerca
que estuvo el
mundo de la guerra nuclear- como enfrentamientos más
recientes,
caso Irak. El artículo 14 – uno de los más cortos- es
directamente
una amenaza a la integridad de los territorios de
otros
países y el que claramente expresa la intención
expansionista.
Dice: “La ley establecerá un régimen especial para
aquellos
territorios que por libre determinación de sus habitantes
y con
aceptación de la Asamblea Nacional, se incorporen al de la
República.”
Un poco de imaginación basta para ver posibles
escenarios.
No soy yo la única que ha pensado en esto. Véase en El
Universal,
viernes 10, “Es un enigma el bolivarianismo de la
Constitución”,
entrevista a Francisco Rivero, filósofo de la
Universidad
Metropolitana que apoyó la elección de Chávez, no
está
arrepentido,
pero declara que votará NO. Dice con respecto a la
falta de una
explicación de lo que significa la acepción
bolivariana:
“Eso no lo sabemos, pero sé que a partir de ese
concepto se
va a ordenar el ejercicio e interpretación de la
Constitución.
Estamos firmando un cheque en blanco, porque
asumimos esa
acepción sin conciencia de qué implica en los
órdenes
jurídico,
político y social.” Que le preocupa el matiz geopolítico
internacional:
“Las asociaciones con Cuba, Irán, Irak, Gadafi y
con la
guerrilla colombiana no es algo accidental. Ellos no tienen
nada en
común sino su oposición a EEUU. ¿ Qué
significa esto ?
Toda una
concepción de la política que habría que
decírsela al
país,
porque no puede ser que te entreguen un cheque en blanco y
después
tu te lanzas por un camino que nunca nadie pensó”.
.......................
Resulta
claro que es perfectamente posible hacer una
interpretación
exactamente opuesta de estos dos conjuntos de
palabras. Se podría
decir que la verdaderas intenciones de
Chávez están contenidas
en los
ideales y los principios a los
que tributa el proyecto de
Constitución, mientras que las cosas
que dice por radio y televisión
son producto del apasionamiento
del momento electoral que estamos
viviendo.
(MS): Esto
sí que es una buena excusa ! Ya la usó Chávez con
el
Presidente
Cardozo. Entonces lo que le dice a Fidel también es
producto del
apasionamiento? Pobre Fidel, venir a terminar como
burlador
burlado ! Será que todo ese lenguaje revolucionario es
sólo
una táctica para desvalorizar los bonos de la deuda externa
de Venezuela
? Omar Lares (El Universal, 9.12) habla de rumores
que circulan
en Aruba de recompra de deuda externa. Si esto fuera
así,
después que viene ?
............
Un
buen ejemplo de lo que significa pelear con fantasmas es
la
siguiente afirmación que la Prof. Sananes hace a
propósito
de
mi
escrito: "La nueva Constitución prevé la facilidad de las
enmiendas,
así que todavía tienes esperanza de que la nueva
Asamblea rectifique
e
incluya como enmiendas la pena de muerte,
la retroactividad y
todo lo
'revolucionario' que se les haya
quedado en el tintero..."
En
otra ocasión podría yo discutir el tema de la pena de
muerte
como
posible castigo para los casos más extremos de
corrupción.
Pero
yo le
regalo mi aguinaldo al que consiga en mi escrito que
yo hablé
de
retroactividad en relación con ese tema (o cualquier
otro), o
que
mencioné siquiera esta palabra o la palabra
"revolución". La Prof.
Sananes cree, en este caso, que está
discutiendo conmigo, pero
en
realidad está discutiendo con el
fantasma de Pol Pot recreado
en su
imaginación.
(MS): Tomasz
no usó la palabra revolución, sino “radical”. Por
suerte no
tengo 6º. Sentido para ver fantasmas pero si me ocurre
el hacer
deducciones según la lógica booleana imperante, partiendo
de las
verdades patrióticas. No tomé en cuenta otra verdad
imperante. Si
todo el que no sea patriótico es corrupto, también
podría
ser aplicable a quien algún juez o jueza sentencie que tal
vez por ser
extremadamente no patriótico, sea también
extremadamente
corrupto. (debo reportar que Word subraya palabra
“jueza” como
error ortográfico)
............
3.
El siguiente tema de la Prof. Sananes es el de las
facultades
que
el proyecto de la ANC le atribuye al Presidente
para disolver
el
Congreso. Aunque ella no lo diga explícitamente,
supongo que considera
que esto representa un peligro para la
democracia.
(MS): Dije
que es una caricatura. Como es bien sabido, los
sistemas
parlamentarios europeos –republicanos o monárquicos-
distinguen
claramente entre Presidencia o Monarquía y Gobierno,
tienen una
regla de funcionamiento –esté o no codificada en una
Constitución,
imposible en el caso de Inglaterra porque no tiene
Constitución
escrita- que establece que el Presidente o el Rey o
Reina -Jefes
de Estado- deben designar como Primer Ministro –Jefe
del Gobierno-
al líder de la mayoría parlamentaria. Y si ningún
partido tiene
clara mayoría, entonces al líder de la coalición
mayoritaria,
lo cual es una de las bondades de este tipo de
sistema
político porque refuerza la necesidad de acuerdos. Cuando
es imposible
llegar a un acuerdo automáticamente se disuelve el
Parlamento,
“cae el gobierno”, y se llama a nuevas elecciones.
Esta
disolución pasa por la formalidad de que lo hace el
Presidente o
el Rey o Reina. Así en Inglaterra no es que la Reina
nombró
a Blair porque le dio la gana sino porque el laborismo ganó
las
elecciones luego de que el líder conservador perdiera la
confianza del
Parlamento. Lo mismo en Francia, a pesar del poder
presidencial,
Chirac no pudo nombrar a ningún compañerito de
partido sino
que tuvo que “cohabitar” designando al socialista
Jospin. En
España a Aznar... etc. Además en estos sistemas la
existencia de
partidos políticos es fundamental. Lo que propone la
nueva
Constitución en Venezuela es un Vicepresidente(a) en quien
delega parte
de sus funciones –no un Primer Ministro con funciones
propias de
Gobierno- y no hay ninguna regla escrita ni acordada de
que la
Asamblea tenga alguna injerencia en su selección.
(MS):
Reproduzco algunos extractos de las Constituciones tomadas
del sitio
http://www.uni-wuerzburg.de/law/, tal como están en
inglés.
También están los enlaces a las versiones originales en
los lenguajes
nacionales.
FRANCIA:
Article 4
[Political Parties] Political parties and groups shall
be
instrumental in the exercise of the suffrage. They shall be
freely formed
and shall freely carry on their activities. They
must respect
the principles of national sovereignty and democracy.
Article
5 [Presidential Office] (1) The President of the Republic
shall see
that the Constitution is observed. He shall ensure, by
his
arbitration, both the proper functioning of the governmental
authorities
and the continuity of the State. (2) He shall be the
guarantor of
national independence, the integrity of the territory
and
observance of Community agreements, and of treaties.
Article
8 [Prime Minister] (1) The President of the Republic shall
appoint the
Prime Minister. He shall terminate that appointment
when the
latter tenders the resignation of the Government. (2) On
the proposal
of the Prime Minister, he shall appoint the other
members of
the Government and terminate their appointments.
Article
12 [Dissolution of National Assembly] (1) The President of
the Republic
may, after consultation with the Prime Minister and
the
Presidents of the Assemblies, pronounce the dissolution of the
National
Assembly. A General election shall take place not less
than twenty
days and not more than forty days after the
dissolution....
Article
50 [Resignation of Government] If the National Assembly
adopts a
motion of censure, or rejects the Government's program or
a general
policy statement by the latter, the Prime Minister must
tender the
Government's resignation to the
President of
the Republic.
ALEMANIA:
Article 21
[Political parties] (1) The political parties
participate
in the forming of the political will of the people.
They may be
freely established. Their internal organization must
conform to
democratic principles. They have to publicly account
for the
sources and use of their funds and for their assets. (2)
Parties
which, by reason of their aims or the behavior of their
adherents,
seek to impair or abolish the free democratic basic
order or to
endanger the existence of the Federal Republic of
Germany are
unconstitutional. The Federal Constitutional Court
decides on
the question of unconstitutionality. (3) Details are
regulated by
federal statutes.
Chapter
VI The Government
Article 62
[Composition]
The
Government consists of the Chancellor and the Ministers.
Article 63
[Election and appointment of the Chancellor] (1) The
Chancellor is
elected, without debate, by the House of
Representatives
upon the proposal of the President.
(2) The person obtaining the votes of the majority
of the
members of the House of Representatives are elected. The
person
elected is appointed by the President. (3) Where the person
proposed is
not elected, the House of Representatives may elect
within
fourteen days of the ballot a Chancellor by more than one
half of its
members. (4) Where no candidate has been elected
within this
period, a new ballot takes place without delay in
which the
person obtaining the largest number of votes is elected.
Where the
person elected has obtained the
votes of the majority of
the members of the House of Representatives,
the President appoints
him within seven days of the election.
Where the person elected did
not obtain such a majority, the
President, within seven days, either
appoints him or dissolves the
House of Representatives.
ITALIA:
Title III The
Government
Section I The
Council of Ministers
Article 92
[Executive Power] (1) The Government of the Republic
consists of
the President of the Council and of the ministers,
which jointly
constitute the Council of ministers. (2) The
President of
the Republic appoints the President of the Council
and, on his
advice, the ministers.
Article
93 [Oath] Before assuming office, the President of the
Council and
the ministers shall swear an oath before the President
of the
Republic.
Article
94 [Vote of Confidence] (1) The Government must enjoy the
confidence of
both Chambers.(2) Each Chamber shall grant or
withdraw its
confidence by a motion for which reasons must be
stated and
which is voted on by roll-call.
(3) Within
ten days of its appointment, the Government shall
appear before
each Chamber in order to obtain its vote of
confidence.
(4) If either Chamber rejects a government proposal,
this shall
not force the Government to resign. (5) A motion of no
confidence
must be undersigned by at least one-tenth of the
members of
either Chamber and shall not be debated before three
days after it
has been moved.
..........
4.
Finalmente, la Prof. Sananes afirma que, en el cambio de
nombre
de
la República a República Bolivariana, se trasluce el
verdadero
proyecto de Chávez, en el que habría "tres objetivos
visibles":
(MS): Ya lo
comenté antes.