Re: Tomasz Suárez
(Enviado ~ del 17.12.1998. Se refiera a uno anterior perdido)

(MS): Sin ánimo de discutir más, sólo deseo también aclarar

algunos puntos a la respuesta pública de Tomasz a la comunicación
que le envié. Mis comentarios precedidos de (MS):

Quisiera aclarar, ante todo, que una Constitución no es un
contrato
entre el pueblo y el Estado. Es un contrato que hacen los
integrantes
del pueblo entre ellos mismos para definir los principios y
reglas más generales de su convivencia social. Parte de ese
contrato consiste en instaurar un ente capaz de hacer valer
la totalidad de ese contrato. Ese es, precisamente, el
Estado.

(MS): OK, esa debe ser la definición. De todos modos, no dije "es"
sino "es como", una analogía para entender, así como a veces se
usa la analogía sencilla con un condominio para entender la
convivencia en un país. A veces uno tiene que mudarse de un
condominio cuando no puede compartir los criterios o estilos de
vida de la mayoría de los residentes.
.....

Esta decisión necesariamente tiene que trascender el
contenido del proyecto de Constitución para considerar lo
que podría ocurrir en caso de que éste no fuese aprobado.
.......... ¿qué es preferible: el proyecto de Constitución,
o aquello que con mayor probabilidad podría ocurrir como
consecuencia de no aprobar este proyecto? Una decisión que
ignore un hecho tan sencillo fácilmente puede revertirse en
contra de la misma voluntad que la guía.


(MS): Te refieres a la amenaza del Presidente de guerra civil ?
En
Guatemala hace poco se rechazó en Referendum un proyecto de
Constitución. Allá se aceptó el resultado. Por qué aquí no ?

.........
Yo no dudo de que sea importante preguntarse cuáles pueden
ser las verdaderas intenciones de un movimiento político que
propone
un cierto proyecto constitucional. Pero creo
firmemente en que, para
juzgar tales intenciones de manera
seria, hace falta un mínimo
grado de imparcialidad.
 
(MS): Eso es lo que pedimos !

Sería absurdo, por ejemplo, abordar la discusión del
proyecto de la ANC atribuyéndole a priori, y de manera
dogmática, unas intenciones siniestras al movimiento
político liderado por
Chávez. En tales condiciones se
haría completamente inútil discutir
sobre el contenido
de este proyecto, por la sencilla razón de que

entonces ni
el más excelso texto constitucional nos
podría convencer de
sus bondades.

(MS): Las intenciones que le atribuyo no son siniestras –
entendiendo la palabra en el sentido de oculto. Al contrario, si
algo le reconozco a Chávez es que nunca ha ocultado su intenciones
y a mis allegados chavistas les digo que podrán decir después
cualquier cosa, menos que fueron engañados. Porque el proyecto ha
estado bastante explícito para el que tenga ojos y oídos, como él
mismo nos aconseja. No solo en muchas de sus interminables
intervenciones tanto aquí como en La Habana, sino en libros y
entrevistas, amén de las intervenciones y escritos de partidarios,
como la que comenté hace unos meses de Joel Acosta.  

..........
Ahora bien; yo digo que el argumento de la Prof. Sananes
para mostrar lo siniestro de las intenciones de Chávez es
sumamente débil
y muestra una evidente toma de partido hecha
por ella de antemano, es
decir, carente de ese mínimo de
imparcialidad por el que estoy
abogando. Esa parcialidad se
hace manifiesta en lo siguiente. Por una
parte, la Prof.
Sananes se refiere al proyecto de Constitución como
puras
palabras escritas en un papel que no nos pueden mostrar nada
acerca de la verdaderas intenciones de Chávez.

(MS): No he dicho que no muestren nada de las intenciones de
Chávez. Volviendo a la analogía del contrato, hay que mirar lo que
está en letra pequeña. En este caso no hay diferencias en el
tamaño de las letra pero si en la longitud de los artículos y de
párrafos. Dije que la mera declaración de República Bolivariana,
una sola frase en el Art. 1, sintetiza el proyecto: adjetiva el
nombre de la República en clara semejanza con otras que se llaman
–o se llamaron- Democráticas, Populares, Islámicas..., todas ellas
bajo la voluntad de hombres líderes, generalmente uniformados.

Todas ellas, además de la de Cuba sin adjetivo, siendo sistemas de

partido único, todas con proyectos expansionistas y todas ellas
declarando un enemigo común: los EEUU. Por lo que todas creo que
sin excepción han tenido enfrentamientos con ese país, en el caso
de Vietnam con final exitoso -si es que se puede hablar de éxito
en una guerra. Enfrentamientos como parte de la guerra fría,
incluyendo el caso pavoroso de los misiles en Cuba –lo más cerca
que estuvo el mundo de la guerra nuclear- como enfrentamientos más
recientes, caso Irak. El artículo 14 – uno de los más cortos- es
directamente una amenaza a la integridad de los territorios de
otros países y el que claramente expresa la intención
expansionista. Dice: “La ley establecerá un régimen especial para
aquellos territorios que por libre determinación de sus habitantes
y con aceptación de la Asamblea Nacional, se incorporen al de la
República.” Un poco de imaginación basta para ver posibles
escenarios. No soy yo la única que ha pensado en esto. Véase en El
Universal, viernes 10, “Es un enigma el bolivarianismo de la
Constitución”, entrevista a Francisco Rivero, filósofo de la
Universidad Metropolitana que apoyó la elección de Chávez, no está
arrepentido, pero declara que votará NO. Dice con respecto a la
falta de una explicación de lo que significa la acepción
bolivariana: “Eso no lo sabemos, pero sé que a partir de ese
concepto se va a ordenar el ejercicio e interpretación de la
Constitución. Estamos firmando un cheque en blanco, porque
asumimos esa acepción sin conciencia de qué implica en los órdenes
jurídico, político y social.” Que le preocupa el matiz geopolítico
internacional: “Las asociaciones con Cuba, Irán, Irak, Gadafi y
con la guerrilla colombiana no es algo accidental. Ellos no tienen
nada en común sino su oposición a EEUU. ¿ Qué significa esto ?
Toda una concepción de la política que habría que decírsela al
país, porque no puede ser que te entreguen un cheque en blanco y
después tu te lanzas por un camino que nunca nadie pensó”.

.......................
Resulta claro que es perfectamente posible hacer una
interpretación exactamente opuesta de estos dos conjuntos de
palabras. Se
podría decir que la verdaderas intenciones de
Chávez están
contenidas en los ideales y los principios a los
que tributa el proyecto de
Constitución, mientras que las cosas
que dice por radio y
televisión son producto del apasionamiento
del momento electoral que
estamos viviendo.

(MS): Esto sí que es una buena excusa ! Ya la usó Chávez con el
Presidente Cardozo. Entonces lo que le dice a Fidel también es
producto del apasionamiento? Pobre Fidel, venir a terminar como
burlador burlado ! Será que todo ese lenguaje revolucionario es
sólo una táctica para desvalorizar los bonos de la deuda externa
de Venezuela ? Omar Lares (El Universal, 9.12) habla de rumores
que circulan en Aruba de recompra de deuda externa. Si esto fuera
así, después que viene ?
 
............
Un buen ejemplo de lo que significa pelear con fantasmas es
la siguiente afirmación que la Prof. Sananes hace a propósito
de mi escrito: "La nueva Constitución prevé la facilidad de las
enmiendas, así que todavía tienes esperanza de que la nueva
Asamblea
rectifique e incluya como enmiendas la pena de muerte,
la retroactividad
y todo lo 'revolucionario' que se les haya
quedado en el tintero..."


En otra ocasión podría yo discutir el tema de la pena de
muerte como posible castigo para los casos más extremos de
corrupción.

Pero yo le regalo mi aguinaldo al que consiga en mi escrito que
yo
hablé de retroactividad en relación con ese tema (o cualquier
otro),
o que mencioné siquiera esta palabra o la palabra
"revolución". La
Prof. Sananes cree, en este caso, que está
discutiendo conmigo,
pero en realidad está discutiendo con el
fantasma de Pol Pot
recreado en su imaginación.

(MS): Tomasz no usó la palabra revolución, sino “radical”. Por
suerte no tengo 6º. Sentido para ver fantasmas pero si me ocurre
el hacer deducciones según la lógica booleana imperante, partiendo
de las verdades patrióticas. No tomé en cuenta otra verdad
imperante. Si todo el que no sea patriótico es corrupto, también
podría ser aplicable a quien algún juez o jueza sentencie que tal
vez por ser extremadamente no patriótico, sea también
extremadamente corrupto. (debo reportar que Word subraya palabra
“jueza” como error ortográfico)  

............
3. El siguiente tema de la Prof. Sananes es el de las
facultades que el proyecto de la ANC le atribuye al Presidente
para
disolver el Congreso. Aunque ella no lo diga explícitamente,
supongo que
considera que esto representa un peligro para la
democracia.


(MS): Dije que es una caricatura. Como es bien sabido, los
sistemas parlamentarios europeos –republicanos o monárquicos-
distinguen claramente entre Presidencia o Monarquía y Gobierno,
tienen una regla de funcionamiento –esté o no codificada en una
Constitución, imposible en el caso de Inglaterra porque no tiene
Constitución escrita- que establece que el Presidente o el Rey o
Reina -Jefes de Estado- deben designar como Primer Ministro –Jefe
del Gobierno- al líder de la mayoría parlamentaria. Y si ningún
partido tiene clara mayoría, entonces al líder de la coalición
mayoritaria, lo cual es una de las bondades de este tipo de
sistema político porque refuerza la necesidad de acuerdos. Cuando
es imposible llegar a un acuerdo automáticamente se disuelve el
Parlamento, “cae el gobierno”, y se llama a nuevas elecciones.

Esta disolución pasa por la formalidad de que lo hace el
Presidente o el Rey o Reina. Así en Inglaterra no es que la Reina
nombró a Blair porque le dio la gana sino porque el laborismo ganó
las elecciones luego de que el líder conservador perdiera la
confianza del Parlamento. Lo mismo en Francia, a pesar del poder
presidencial, Chirac no pudo nombrar a ningún compañerito de
partido sino que tuvo que “cohabitar” designando al socialista
Jospin. En España a Aznar... etc. Además en estos sistemas la
existencia de partidos políticos es fundamental. Lo que propone la
nueva Constitución en Venezuela es un Vicepresidente(a) en quien
delega parte de sus funciones –no un Primer Ministro con funciones
propias de Gobierno- y no hay ninguna regla escrita ni acordada de
que la Asamblea tenga alguna injerencia en su selección.

(MS): Reproduzco algunos extractos de las Constituciones tomadas
del sitio http://www.uni-wuerzburg.de/law/, tal como están en
inglés. También están los enlaces a las versiones originales en
los lenguajes nacionales.

FRANCIA:

Article 4 [Political Parties] Political parties and groups shall
be instrumental in the exercise of the suffrage. They shall be
freely formed and shall freely carry on their activities. They
must respect the principles of national sovereignty and democracy.

Article 5 [Presidential Office] (1) The President of the Republic
shall see that the Constitution is observed. He shall ensure, by
his arbitration, both the proper functioning of the governmental
authorities and the continuity of the State. (2) He shall be the
guarantor of national independence, the integrity of the territory
and observance of Community agreements, and of treaties.

Article 8 [Prime Minister] (1) The President of the Republic shall
appoint the Prime Minister. He shall terminate that appointment
when the latter tenders the resignation of the Government. (2) On
the proposal of the Prime Minister, he shall appoint the other
members of the Government and terminate their appointments.

Article 12 [Dissolution of National Assembly] (1) The President of
the Republic may, after consultation with the Prime Minister and
the Presidents of the Assemblies, pronounce the dissolution of the
National Assembly. A General election shall take place not less
than twenty days and not more than forty days after the
dissolution....

Article 50 [Resignation of Government] If the National Assembly
adopts a motion of censure, or rejects the Government's program or
a general policy statement by the latter, the Prime Minister must
tender the Government's resignation to the
President of the Republic.

ALEMANIA:

Article 21 [Political parties] (1) The political parties
participate in the forming of the political will of the people.
They may be freely established. Their internal organization must
conform to democratic principles. They have to publicly account
for the sources and use of their funds and for their assets. (2)
Parties which, by reason of their aims or the behavior of their
adherents, seek to impair or abolish the free democratic basic
order or to endanger the existence of the Federal Republic of
Germany are unconstitutional. The Federal Constitutional Court
decides on the question of unconstitutionality. (3) Details are
regulated by federal statutes.

Chapter VI The Government
Article 62 [Composition]
The Government consists of the Chancellor and the Ministers.
Article 63 [Election and appointment of the Chancellor] (1) The
Chancellor is elected, without debate, by the House of
Representatives upon the proposal of the President.
(2) The person obtaining the votes of the majority

of the members of the House of Representatives are elected. The
person elected is appointed by the President. (3) Where the person
proposed is not elected, the House of Representatives may elect
within fourteen days of the ballot a Chancellor by more than one
half of its members. (4) Where no candidate has been elected
within this period, a new ballot takes place without delay in
which the person obtaining the largest number of votes is elected.
Where the person elected has obtained the votes of the majority of
the members of the House of
Representatives, the President appoints
him within seven days of
the election. Where the person elected did
not obtain such a
majority, the President, within seven days, either
appoints him or
dissolves the House of Representatives.

ITALIA:

Title III The Government
Section I The Council of Ministers
Article 92 [Executive Power] (1) The Government of the Republic
consists of the President of the Council and of the ministers,
which jointly constitute the Council of ministers. (2) The
President of the Republic appoints the President of the Council
and, on his advice, the ministers.

Article 93 [Oath] Before assuming office, the President of the
Council and the ministers shall swear an oath before the President
of the Republic.

Article 94 [Vote of Confidence] (1) The Government must enjoy the
confidence of both Chambers.(2) Each Chamber shall grant or
withdraw its confidence by a motion for which reasons must be
stated and which is voted on by roll-call.
(3) Within ten days of its appointment, the Government shall
appear before each Chamber in order to obtain its vote of
confidence. (4) If either Chamber rejects a government proposal,
this shall not force the Government to resign. (5) A motion of no
confidence must be undersigned by at least one-tenth of the
members of either Chamber and shall not be debated before three
days after it has been moved.

..........
4. Finalmente, la Prof. Sananes afirma que, en el cambio de
nombre de la República a República Bolivariana, se trasluce el
verdadero proyecto de Chávez, en el que habría "tres objetivos
visibles":

(MS): Ya lo comenté antes.