REGULACIÓN DE LA PROMOCIÓN DE VENTAS

La promoción de ventas de tabaco adopta muchas formas, en particular la publicidad directa en la prensa y mediante carteles, en el cine y en la radio, la distribución de muestras gratuitas, el patrocinio de actividades deportivas y culturales, cupones para regalos, premios en metálico o en especie, descuentos especiales, ofertas, distribución de folletos, actividades de relaciones públicas y muchas otras formas de publicidad directa e indirecta.

Arguyen a veces los fabricantes de producto del tabaco que el único propósito de tal promoción de ventas es persuadir a los fumadores a que cambien de marca. Este argumento ha sido refutado con frecuencia, en ocasiones incluso por los mismos que trabajan en la promoción de ventas de tabaco, quienes admiten que esta promoción debe proponerse y conseguir incrementar el volumen total de ventas o mantenerlo en niveles superiores a los que hubiera tenido sin esa promoción.

Las prohibiciones de la publicidad pueden evidentemente tener objetivos muy diferentes. Pueden; por ejemplo, servir para proteger de la competencia internacional un monopolio nacional del tabaco. No es de prever que una prohibición de este tipo, no acompañada de programas educativos, influya en el consumo del tabaco.

IMPUESTOS

Los impuestos sobre el tabaco se han utilizado como un medio cómodo para obtener ingresos para el fisco. Se objeta a veces que tales ingresos sirven para justificar la inercia en la lucha contra el tabaquismo, pero este argumento pasa por alto el coste real para la economía de las enfermedades relacionadas con el hábito de fumar, las muertes y destrucciones provocadas por incendios causados por cigarrillos y los numerosos motivos para reducir la mortalidad y la morbilidad.

Aunque los gravámenes fiscales sobre el tabaco constituyen una fuente importante de ingresos para un país, ha de tenerse en cuenta que esos mismos ingresos se podrían obtener de manera distinta. La única ventaja de los impuestos sobre el tabaco es que son "cómodos desde el punto de vista político", puesto que resultan fáciles de administrar y suelen ser aceptados por los fumadores.

RESTRICCIÓN DE LAS VENTAS

Es una idea generalmente aceptada que no se debe vender tabaco a los niños menores de 15 ó 16 años. En tales disposiciones se debe normalmente castigar al vendedor y no al niño que compra el tabaco, y no se debe permitir excepción alguna.

Los gobiernos y las autoridades de salud y educación están especialmente obligados a impedir la venta o promoción del tabaco en los recintos de que sean responsables. Debe hacerse todo lo posible por asegurar que en los puntos de venta se exhiba información sobre el rendimiento del alquitrán, nicotina y monóxido de carbono de las diversas marcas.