¿De
qué trata el Derecho de Obligaciones?
Esta
pregunta capital no es de sencilla respuesta. Es fácil intuir de qué trata el
Derecho Marítimo, el Derecho Agrario o el Derecho Minero. Pero el Derecho de
Obligaciones no lleva en su nombre una definición implícita. Sin embargo,
podemos afirmar categóricamente que el Derecho de Obligaciones no es la rama
del Derecho que estudia todas las obligaciones del Derecho. El Derecho de
Obligaciones, al igual que absolutamente todas las otras ramas del Derecho,
estudia cierta categoría de obligaciones, pero no todas las obligaciones (si
las estudiara todas, lógicamente no existirían las otras ramificaciones).
Entonces, ¿cuáles son esas “ciertas” obligaciones que son objeto de
estudio del Derecho de Obligaciones? ¿Qué es lo característico del Derecho de
Obligaciones? Como éstas y otras tantas preguntas son de vital importancia,
usted encontrará en esta página web el primer capítulo de mi libro Introducción al Derecho de Obligaciones, el cual puede visitar haciendo
clic
aquí. Allí conseguirá
una “Aproximación al Derecho de Obligaciones”.
¿Es
obligatorio asistir a clases?
Desde
el punto de vista legal es obligatorio asistir a clases, pues así lo
disponen los artículos 124
y 125
de la Ley de Universidades. Para buena parte del profesorado la asistencia es de suma
importancia, al punto de que llevan un control de la misma y hasta aplican
sanciones en caso de falta. Esa manera de enfocar el problema de la asistencia
no tiene todos sus puntos a favor. Sin embargo, yo enfoco el problema
desde el ángulo opuesto. Creo que no es conveniente obligar al estudiantado a asistir a clases. En
mi caso particular quiero que el estudiantado que asiste al curso lo haga espontáneamente, sin presión de
ninguna naturaleza y porque realmente siente que puede aprender algo en clase.
A mi entender no tiene mucho sentido condenar a un alumno o a una alumna a estar en el salón
de clases si su mente vaga en otro lugar, con otros pensamientos. Además,
considero que el estudiantado universitario tiene la suficiente edad
y madurez como para no requerir ser llevado de la mano al salón de clases.
¿Para
qué sirven las clases?
Las clases sirven para que el profesor vaya exponiendo ideas y reflexiones sobre la materia con el fin de generar discusión y participación fecunda en los estudiantes. La clase no debe ser un monólogo del profesor sino un diálogo plural en el cual las y los estudiantes puedan, y deban, participar. La idea es que razonen, se involucren con el tema, expongan sus ideas y puedan llegar a ciertas conclusiones mediante la comprensión de lo expuesto y discutido.
¿Es
posible aprobar la materia sin asistir a clases?
La
verdad sea dicha, la respuesta es afirmativa. Si una o un estudiante tiene una buena
preparación, constancia en el estudio, busca los textos adecuados y se prepara
sistemáticamente puede muy bien aprobar la materia sin necesidad de asistir a
clases. De hecho, algunos proceden de esta manera. Puesto en otras palabras, si
un alumno o una alumna comprende y aprende los conceptos básicos de la materia por sí
solo, esto será suficiente para aprobar la asignatura.
¿Entonces,
para qué las clases?
Partamos del principio de que si bien todos el estudiantado tiene, en principio, los mismos derechos, definitivamente no son iguales. Los hay muy inteligentes y los hay menos dotados, los hay muy estudiosos y los hay poco estudiosos, los hay con mucha paciencia y los hay impacientes, los hay bien preparados y otros poco informados, los hay que captan con rapidez y otros con lentitud. En fin, cada persona es un mundo. Desde este punto de vista la clase sirve para que el estudiantado comprenda la materia con facilidad, orden y método, con discusión y con trabajo. Por otra parte, en la clase, si es bien llevada, se genera un calor humano que plena un sentimiento interno que es difícil de poner en la palabra escrita. En ese sentido la clase es casi insustituible. A este respecto conviene el testimonio de Sor Juana Inés de La Cruz (estudiosa del siglo XVII):
Volví (mal dije, pues nunca cesé); proseguí, digo, a la estudiosa tarea (que para mí era descanso en todos los ratos que sobraban a mi obligación) de leer y más leer, de estudiar y más estudiar, sin más maestro que los mismos libros. Ya se ve cuán duro es estudiar en aquellos caracteres sin alma, careciendo de la voz viva y explicación del maestro; pues todo este trabajo sufría yo muy gustosa por amor de las letras.
¿Cómo
se puede discutir si el profesor sabe más que su alumnado?
Normalmente el profesor tiene un conocimiento mayor que cualquier alumno
o alumna sobre
la materia que enseña, pero también el profesor tiende a ver la materia desde
uno o pocos ángulos; raramente desde todos. Muchas veces el alumnado descubre
o proporciona ideas que el profesor jamás ha meditado. De allí que el
secreto para el estudiantado es asistir a la clase con la materia leída, y aún
mejor: estudiada y meditada. En la medida en que se asista a clase habiéndose previamente informado
sobre el tema a tratar, la misma se hará
mucho más fluida, el profesor podrá profundizar más, el alumnado comprenderá
mejor y todos y todas harán una clase más participativa, calurosa y pedagógica. Si
el alumnado asiste a clase sin la debida información el profesor tiene que
hacer un esfuerzo mayor y pocas veces se obtendrán los mejores resultados.
¿Es
cierto que una parte del alumnado, a pesar de estudiar, no aprueba la materia?
Lamentablemente
la respuesta es sí. Inclusive, a veces, buenos estudiantes son malos
examinandos.
¿A
qué se debe esta circunstancia? ¿No es acaso injusta?
Las
razones pueden ser varias. Veamos las principales. Hay quienes, lejos de
tratar de comprender la materia, sólo tratan de memorizarla. El Derecho de
Obligaciones es considerado como la Matemática del Derecho. Es una materia
fundamentalmente lógica que se aprende descubriendo los principios básicos y
comprendiéndolos antes de memorizarlos. En cambio, en el proceso inverso, es
decir memorizar sin comprender, no se asimilan los debidos conocimientos. Y en esto buena parte de la culpa la tienen muchos colegas
profesores quienes consciente o inconscientemente orientan y fuerzan al estudiante a ser un simple memorizador. Otra causa
muy común que impide la comprensión de la materia son las fallas en el proceso de lectura. Si el
alumnado no está en capacidad de leer
bien pues simplemente no entenderá bien. Y este es un serio problema que
algunos y algunas arrastran desde la escuela primaria.
¿Cómo
debo estudiar la materia?
La
regla de oro en Obligaciones es estudiar paso a paso, poco a poco. El Derecho de
Obligaciones, repito, es la Matemática del Derecho. Y de la misma
manera como es imposible aprender a sumar, restar, multiplicar y dividir en un
solo día o en una semana, de esta misma manera es imposible aprender los
conceptos básicos de Obligaciones estudiando únicamente, y a toda carrera,
cuatro o cinco días antes de cada evaluación. Proceder de esta manera lleva
casi siempre y con toda lógica al fracaso. No hay otro camino
que estudiar lentamente y con regularidad. Puesto en otras palabras: estudiar
sin prisa y sin pausa.
¿Qué
puedo hacer si no entiendo un punto determinado?
El estudiantado tiene derecho a preguntar y el profesor tiene la obligación de responder. Si el estudiantado no entiende un determinado punto o aspecto de la materia lo lógico es que pregunte al profesor. En mi caso concreto el estudiantado me puede consultar personalmente o bien por correo electrónico. En la página principal existe un vínculo específico denominado “Contacto con el profesor”.
¿Qué
debo llevar a clase?
Fundamentalmente
tres cosas: muchísima buena voluntad, el punto concreto a tratar y el Código
Civil. Para algunas clases específicas se requerirá material adicional que se
informará con anterioridad.
¿Qué
es lo fundamental en el aprendizaje del Derecho?
A
esta pregunta cada profesor estará en capacidad de darle una respuesta distinta
basada en un criterio distinto. Para mí lo fundamental es entender los
principios fundamentales del Derecho, sus instituciones básicas y, muy en
especial, el porqué y el cómo funcionan de una determinada manera.
¿Me
puede ilustrar un poquito mejor lo anterior?
Si yo, por ejemplo, les pregunto qué sucede cuando un chofer pisa el acelerador tendré como respuesta que el vehículo andará más rápido. Cualquiera estará en capacidad de proporcionarme esta respuesta. Ahora, si pregunto porqué aumenta de velocidad al pisar el acelerador, pocos sabrán explicarme, desde el punto de vista mecánico, porqué el vehículo aumenta la velocidad. En el fondo el estudiantado, y el profesor de Derecho, tenemos que estar constantemente preguntándonos el porqué de las cosas. Eso es lo que también hace la diferencia entre un buen mecánico y un mal mecánico. El mal mecánico sólo sabe que pisando el acelerador se aumenta la velocidad. El buen mecánico sabe, además, la razón técnica por la cual el vehículo aumenta la velocidad.
¿Y
un ejemplo jurídico?
Todos
saben que menores de edad son las personas que no han
cumplido los diez y ocho años. Pero pocos saben el motivo por el cual la ley califica como menores a las que
no han alcanzado dicha edad.
¿Qué
nos puede decir de las evaluaciones?
Las
evaluaciones constituyen un punto muy sensible para el estudiantado. De esta
manera a las evaluaciones les he dedicado una página aparte que usted
conseguirá volviendo a la página principal o haciendo clic
aquí.